A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Mejia Franco Fanny
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado Primero Civil Municipal Oral de la misma ciudad.
Dicha controversia recae sobre el conocimiento de una solicitud de ejecución de providencia judicial promovida por el Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio contra una ciudadana, con el objetivo de solicitar que se ejecute el pago de las costas procesales a las que fue sancionada la demandada dentro del proceso adelantado ante el mismo juzgado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 008 de 2022, mediante la cual se estableció que el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en el trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado
- Primero. Civil Municipal Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por el Ministerio de Educación Nacional - Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio contra Fanny Mejía Franco.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3518 al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.